Buscar en Manual Fiscal y Contable

Mostrando entradas con la etiqueta AEAT. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta AEAT. Mostrar todas las entradas

GRAN EMPRESA


Durante el mes de enero la sociedad debe verificar si ha pasado a obtener la condición de Gran Empresa. Para ello se deberá comprobar en el modelo 390 presentado durante el mes de enero, si el volumen de operaciones (casilla 108) ha superado el importe de 6.010.121,04€ anuales.

Implicaciones fiscales de una Gran Empresa:

- Se deberá presentar ante la AEAT el modelo 036 para declarar que la sociedad ha adquirido la condición de Gran Empresa.

- La oficina de la AEAT pasará a ser la de GGEE (Grandes Empresas). Por tanto, todas las comunicaciones, escritos, etc. deberán ser remitidos a esta unidad de la AEAT.

- Como regla general, los impuestos que eran trimestrales (como 303, 111, 115, 123) pasan a ser de carácter mensual. El plazo de presentación de las declaraciones mensuales vence el día 20 del mes siguiente excepto el IVA que vence el día 30.

- El cálculo del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades deberá calcularse en función de la base imponible de los 3, 9 y 11 primeros meses de cada año y aplicar una tasa impositiva del 17% o 24% en función del importe neto de la cifra de negocios del ejercicio anterior.

- La sociedad entrará en el SII (Suministro Inmediato de Información), por lo que deberá remitir a la AEAT en un plazo máximo de 4 días el detalle de los registros de facturación. La entrada en SII conlleva dejar de tener la obligación de presentar los modelos 347, 340 y 390.

En caso de perder la condición de Gran Empresa, la sociedad deberá presentar un modelo 036 informando de ello, pasando así las declaraciones a ser trimestrales (salvo que la sociedad se encuentre dada de alta en algún régimen especial como la devolución mensual del IVAcomo el REDEME) que requiera presentación mensual.






MODELO 349 MENSUAL


Tal y como establece la AEAT, tienen obligación de presentar el modelo 349 con carácter mensual aquellas sociedades que superen los 50.000€ en el importe total de entregas de bienes intracomunitarios, más prestaciones de servicios intracomunitarios en el trimestre de referencia o en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores. 
El plazo para la presentación de las declaraciones mensuales vence el día 20 del mes siguiente. 

Ejemplo: Si en el mes de enero el importe total en entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios suma 20.000€ y en el mes de febrero suma 35.000€, automáticamente nace en el mes de febrero la obligación de presentar la declaración 349 con carácter mensual para todo el año natural. En este caso, la presentación para el 349 vence el 20 de marzo y en adelante la empresa presentará declaraciones mensuales.

ENLACE MODELO 349





HERRAMIENTAS ASISTENCIA VIRTUAL EN LA WEB DE HACIENDA


La Agencia Tributaria ha incorporado una nueva herramienta de asistencia virtual censal, un buscador de actividades económicas en el que se pueden buscar los epígrafes de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y, en su caso, el código de actividad que le sea equivalente (CNAE). También se han organizado en tres apartados con las herramientas ya existentes:

Herramientas de Suministro Inmediato de Información del IVA (SII),
Herramientas de IVA y
Herramientas de Censos.

Para acceder a la información de suministro de estas nuevas herramientas, se puede consultar en el siguiente enlace:



Para buscar directamente un epígrafe de IAE / CNAE, en el siguiente enlace: