Tal y como establece la AEAT, tienen obligación de presentar el modelo 349 con carácter mensual aquellas sociedades que superen los 50.000€ en el importe total de entregas de bienes intracomunitarios, más prestaciones de servicios intracomunitarios en el trimestre de referencia o en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores.
El plazo para la presentación de las declaraciones mensuales vence el día 20 del mes siguiente.
Ejemplo: Si en el mes de enero el importe total en entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios suma 20.000€ y en el mes de febrero suma 35.000€, automáticamente nace en el mes de febrero la obligación de presentar la declaración 349 con carácter mensual para todo el año natural. En este caso, la presentación para el 349 vence el 20 de marzo y en adelante la empresa presentará declaraciones mensuales.
ENLACE MODELO 349
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