Es un informe estadístico relativo a las entradas y salidas de mercancías entre los países de la Unión Europea.
Para saber si una sociedad tiene la obligación de realizar la presentación del INTRASTAT durante un ejercicio fiscal deberá comprobar en el modelo 390 presentado durante el mes de enero si se ha superado el importe de 400.000€ anuales en entregas intracomunitarias y/o ha superado en adquisiciones intracomunitarias de bienes el importe de 400.000€ anuales.
En caso que la sociedad supere la cifra de 400.000€ anuales ya sea sólo por entregas, sólo por adquisiciones o en ambos casos, deberá realizar la presentación de la declaración de INTRASTAT con carácter mensual.
Y si durante el ejercicio se supera cualquiera de las dos magnitudes señaladas, la empresa estará obligada a realizar la presentación a partir de ese mes.
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